ISSSTE es pionero en el otorgamiento de seguridad social a parejas del mismo sexo
- De 2013 a la fecha se han registrado 380 parejas que tienen acceso igualitario y sin distinción a las 21 prestaciones que ofrece el Instituto.
- La medida, congruente con el compromiso adquirido ante la CNDH para generar una cultura de inclusión y respeto a las minorías, señaló Florentino Castro.
El ISSSTE fue la primera institución en México en dar acceso a los beneficios de la seguridad social a parejas del mismo sexo, a la fecha se han registrado 380 en las 35 Delegaciones del país, quienes, de manera igualitaria y sin distinción, gozan de las 21 seguros, servicios y prestaciones que el Instituto otorga a sus derechohabientes, señaló su titular, Florentino Castro López.
Puntualizó que el Instituto se ha caracterizado por ofrecer un trato con calidad y con calidez sin exclusiones por motivo de edad, sexo, raza, condición socioeconómica o preferencia sexual; el cual vela por el respeto y garantía de los derechos humanos.
Recordó que a partir del 20 de mayo de 2013 inició el registro de estas parejas, luego de que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) lo solicitó mediante Resolución por Disposición 2/2011.
Posteriormente en 2014, a través del Acuerdo 57.1344.2014 emitido por la Junta Directiva del ISSSTE, estableció como atribuciones de la Secretaría General, el instrumentar las acciones que garanticen a los cónyuges y concubinarios de los derechohabientes, con independencia de su sexo, el acceso pleno y no discriminatorio al ejercicio de sus derechos en los términos de la Ley.
En este sentido, el trámite de registro de parejas del mismo sexo puede realizarse en el Instituto desde 2014 sin que medie orden expresa de autoridad judicial, indicó.
Por último, el Director General enfatizó que la medida es congruente con el compromiso adquirido por el organismo de seguridad social ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para generar una cultura de inclusión, apertura y respeto a las minorías y cumple con el mandato legal constitucional en materia de derechos humanos, que establece expresamente el principio Pro Persona en el otorgamiento de los servicios públicos.
———————. Casos. Hombres. Mujeres
Matrimonios. 341 188 153
Concubinos. 39 18 21
TOTAL. 380 206 174